21 abril, 2016
Qué hacer con el jamets
Uno de los elementos que hacen que la prohibición de Jamets sea excepcional es que, a diferencia de otros alimentos prohibidos, la prohibición de Jamets incluye también la restricción de su posesión. Vamos a explicar detalladamente este tema ya que no es muy conocido.
Hay tres mitsvot en la Torá relacionadas con la prohibición de jamets, que NO se refieren a comer jamets:
1. bal yeraé , lit. “Tu jamets, no será visto en tu propiedad”, (Ex. 13: 7).
2. bal-yimatsé, lit. “Tu jamets no será encontrado en tu propiedad”(Ex. 12:19).
3. tashbitu. “Durante la víspera de Pésaj eliminarán el jamets de sus propiedades” (Ex. 12:15).
La Torá Shebe’al pe, es decir, la tradición halájica, explica que los primeros dos versículos, esas dos prohibiciones, se consideran una sola e idéntica prohibición: “poseer” jamets durante Pésaj (el énfasis está en el pronombre posesivo: “Tu” jamets… que tanto se repite). Maimónides consagra casi un capítulo entero, el capítulo 4 de Hiljot jamets umatsá, para explicar este concepto. Entre otras cosas aclara que aunque el jamets se encuentre fuera de mi casa, si ese alimento Jamets me pertenece, estoy transgrediendo esas 2 prohibiciones Bíblicas. En Halajá 2, dice: “… si el [alimento] jamets pertenece a un judío, a pesar de que ese jamets esté enterrado, o se encuentre en otra ciudad, o se le haya entregado a un gentil para que lo cuide, se estará violando [los mandamientos]: “[jamets] no será visto…” y “[jamets] no será encontrado.”
En otras palabras, lo que está prohibido por estos dos pesuqim es “poseer” jamets, independientemente de dónde se encuentre ese alimento Jamets.
También tenemos una tercera mitsva llamada “tashbitu”
“Durante el primer día [la víspera de Pésaj] eliminarán el jamets de sus propiedades” (Ex. 12:15). Una vez más, la Tora shebe’al pe explica que está mitsvá se refiere a “finalizar nuestra posesión de Jamets” antes que comience Pésaj.
En resumen, hay dos prohibiciones idénticas (un caso excepcional!) y un mandamiento positivo, yo todo esto afectado a un solo tema: “poseer” jamets durante Pésaj.
¿Qué hay que hacer entonces para “des-poseernos” de nuestro jamets antes de Pésaj? Desde el punto de vista Bíblico (y siempre siguiendo la opinión de Maimónides) estas tres mitsvot se cumplen todas a la vez con un solo acto: el “Bitul jamets”, es decir, renunciando sinceramente a la posesión de cualquier Jamets que me pertenezca, independientemente de dónde se encuentre ese Jamets. Al declarar que uno renuncia a la posesión de su jamets, y afirmar que de ahora en más mi Jamets se considera “sin dueño” (hefker) uno estaría cumpliendo la mitsvá de “poner fin a la posesión de su jamets” y no estaría transgrediendo las dos prohibiciones de la Torá de poseer jamets durante Pésaj.
Pero, como todos sabemos, esto NO es lo que hacemos en Pésaj… ¿Por qué? Los Rabinos de la Gemará (Jazal) explicaron que si sólo “declarásemos” que nuestro Jamets ya no tiene dueño y no lo sacásemos de nuestras casas, podría existir un par de complicaciones prácticas. En primer lugar, dijeron, podríamos “declarar” que renunciamos a nuestro jamets, pero si poseemos algún alimento Jamets valioso, una botella de whisky, por ejemplo, ¿estaremos realmente renunciando con sinceridad a la posesión de ese jamets? En segundo lugar, dijeron los jajamim, siendo que el jamets es uno de los alimentos más comunes (pan, galletas, pasta, cereales, etc.), aun cuando declarásemos que nuestro jamets ya no nos pertenece, si no sacamos el jamets de nuestras casas, correríamos el riesgo de comer jamets accidentalmente …
Es por todo esto que nuestros rabinos de la Mishná nos instruyeron “deshacernos físicamente” (“be’ur jamets”, traducido comúnmente como “eliminación de jamets”) de todo los alimentos jamets antes de que comience Pésaj, y recién después renunciar (“Bitul jamets”) a la posesión de cualquier Jamets que pudiera encontrarse en nuestras casas, y no lo hayamos identificado ni eliminado .
Esto es entonces, lo que hacemos en la práctica:
1) Limpiamos nuestro hogar, automóviles, oficinas y otras propiedades antes que Pésaj comience, para identificar y eliminar todas los alimentos jamets que poseemos.
2) Llevamos a cabo una inspección final de todas nuestras propiedades para asegurarnos que hemos eliminado todo el jamets que allí se encuentre (Bedikat jamets).
3) Nos deshacemos físicamente de cualquier alimento jamets que hayamos encontrado en nuestras propiedades antes y durante la búsqueda (Beur jamets). Podemos dar nuestros alimentos jamets como regalo a una persona no judía si se trata de alimentos en buen estado, o si lo que nos queda es por ejemplo, sobras de pan o de galletas, podemos dárselo de comer a los pájaros, o a los peces en el mar o en el río, o quemarlo o tirarlo ella fuera de nuestra propiedad.
4) Finalmente, después de deshacernos de todo nuestro jamets decimos el “Kal jamirá …”, que significa: Todo jamets que me pertenece, que no lo haya detectado (durante el bediká) o que no lo haya eliminado, declaro que ya no me pertenece más, y que de ahora en adelante se considera sin dueño (hefker) como el polvo de la tierra (Bitul jamets).
De esta manera, cumplimos con todos los requisitos bíblicos y rabínicos: Buscamos y sacamos todo el jamets de nuestras propiedades y renunciamos a la posesión de cualquier alimento jamets que no hayamos identificado ni encontrado, y que podría todavía estar en nuestras propiedades.
El contrato de compraventa
Esta es la base teórica de lo que se llama hoy MEJIRAT JAMETS, la venta del jamets. Y funciona más o menos así: las comunidades judías organizan un sistema de venta del jamets por el cual los miembros de la comunidad firman un «poder de venta» asignando al rabino como su representante legal para que éste pueda vender el Jamets a una persona no judía. En la víspera de Pésaj, es decir, este viernes 22 de Abril antes del mediodía, el rabino, como apoderado de todos los vendedores firmantes, «vende» el jamets condicionalmente: el comprador paga un adelanto por el total de la mercadería y a partir de ese momento, de acuerdo al contrato, el comprador se transforma en el dueño del jamets de todos los que firmaron el «poder». El contrato estipula que si al terminar Pésaj, el comprador no paga el balance, entonces automáticamente el jamets vuelve a pertenecer a los vendedores. Al terminar Pésaj, el comprador no paga el balance y el jamets vuelve a pertenecer a su dueños originales.
El Talmud, la principal obra rabínica Halájica, no contempla la venta del jamets como una de las posibilidades normales para deshacerse del jamets. De hecho establece que el jamets debe ser físicamente eliminado o retirado de nuestras propiedades. Uno también puede regalar, o incluso vender su Jamets a una persona no judía, pero, a través de la entrega de mano en mano del alimento Jamets, a las manos del comprador (en hebreo «meshijá»). En estos casos, no se espera que al final de Pésaj, los productos Jamets vuelvan a su dueño original. Los Rabinos también concibieron una excepción: en la Toseftá se habla de una situación de fuerza mayor, un judío que lleva su mercadería Jamets en un barco, el barco se atrasa y no va a llegar a puerto antes de Pésaj. En esta situación se autoriza una venta «condicional» de este tipo, sabiendo que la mercadería Jamets será restituida a su dueño, para evitar sufrir una perdida económica muy significativa.
Por siglos, los rabinos utilizaron el caso de la Toseftá para autorizar esta venta condicional del jamets en casos comerciales: un comerciante que se dedica a la venta de alimentos, y para el cual deshacerse el jamets podría significar un perjuicio económico muy significativo. El Rab Melamed explica que en Europa este tipo de «licencia» se hizo más popular a partir de siglo 17, porque muchos judíos se dedicaban comercialmente la producción de bebidas alcohólicas, como whisky o cerveza.
En los últimos años la venta del jamets se popularizó más allá del ámbito comercial. Sin duda porque el sistema tiene muchas ventajas, ya que uno no debe deshacerse de todo jamets, simplemente, guardarlo en un lugar cerrado hasta el final de Pésaj, y firmar el poder para que el rabino lo venda. Este tipo de venta de jamets es totalmente legal y aceptado, siempre y cuando se haga a través de un rabino responsable, y que conoce los pormenores del contrato de compra venta.
Ahora bien, como en todos los temas halájicos, el tema de la venta del jamets, si bien es la opinión que hoy en día sostienen la mayoría absoluta de los Rabinos, no goza de un consenso «total». Digamos que hay otras dos opiniones que adoptan una posición un poco mas estricta.
La segunda opinión, que cada vez adquiere más consenso entre los rabinos, es que sólo se debe incluir en la venta del jamets artículos que poseen «algún elemento jamets en su composición» (ta´arobet jamets) por ejemplo, bebidas alcohólicas (ze’a be’alma), sopas en polvo que puedan tener algo de harina, suplementos vitamínicos que puedan tener fibras de grano, alimentos que poseen gluten, etc. pero no debe incluirse en la venta comidas que son «totalmente jamets»: pan, galletas, pastas, etc.
La tercera opinión, la más estricta, sostiene que no debe venderse ningún tipo de Jamets de esta manera, ya que esta venta, si bien es legal, es ficticia (en hebreo ha’aramá), ya que al no haber trasferencia de mercadería de mano en mano, es obvio que la actual compra-venta no se va a ejecutar. Y este tipo de venta fue autorizada sólo para una situación de fuerza mayor o cuantiosas pérdidas. Personalmente, yo sigo esta opinión porque quiero conservar la tradición de los judíos Sefaradim que no practicaban la venta de jamets, sino que simplemente se deshacían de su Jamets antes de Pésaj, en conformidad con la mitsvá de «tashbitu». Esto implica varios preparativos previos: por ejemplo, que unas semanas antes de Pésaj no se compren o acumulen alimentos jamets o no tener botellas de whisky, vodka, cerveza, etc., ya que contienen jamets. Mi experiencia me dice que la mayoría de la gente que opta por vender el jamets, lo hace para evitar tener que deshacerse de sus bebidas alcohólica
Como en muchas situaciones halájicas, también aquí hay opciones y situaciones diferentes. Creo que en este caso las variantes son:
1. Si la pérdida económica potencial es significativa (hefsed merubé) o no, lo cual es algo que sólo uno lo puede determinar
2. Las costumbres de cada comunidad. Las comunidades Ashkenazim suelen ser más liberales en este tema, basándose en la opinión del Jatam Sofer (1762-1839), que en este caso valida una venta legal, aunque sea ficticia, es decir, cuando sólo existe un contrato pero la mercadería no es ni será transferida de vendedor a comprador.
Autor: Rab Yosef Bitton