El auto-gobierno judío
Durante los primeros cinco siglos de nuestra era, los grandes rabinos de las academias en Eretz Israel y en Mesopotamia, dotaron al pueblo judío de un sistema legal basado en tres ejes: el Talmud, las Cortes y Academias rabínicas y la Responsa, que son respuestas de los rabinos a preguntas concretas.
Con el Talmud, el liderazgo judío creó un conjunto de normas, resoluciones religiosas y precedentes legales que les permitía a las comunidades judías desparramadas por todo el Mediterráneo y el Medio Oriente el compartir un lenguaje escrito y un marco de referencia legal común, sin importar el entorno político, religioso y económico donde cada quien vivía.
Las Academias también actuaban como cortes rabínicas, las cuales ofrecían consejos sobre asuntos específicos y ayudaban a resolver controversias legales o litigios en asuntos económicos, sociales o religiosos. Sin importar en donde vivían los judíos, ya sea en Babilonia en el siglo sexto, en Fustat (Egipto) en el siglo octavo o en Córdoba en el siglo XI, las cortes rabínicas conformaban un cuerpo judicial y de arbitraje basado en el Talmud como código único y obligatorio, pero adaptando sus decisiones a las contingencias económicas y al entorno social de cada lugar donde vivían los judíos.
El proceso de aplicar las leyes del Talmud a problemas nuevos y a circunstancias particulares fue simplificado gracias al mecanismo de la responsa rabínica. En las Academias de Sura y Pumbedita en Mesopotamia, los estudiosos discutían cada problema usando al Talmud como una guía paradigmática, para después emitir por escrito un fallo, el cual era enviado a todas las comunidades judías en la diáspora a través de la red de comerciantes judíos.
La típica estructura de un responsum consistía primero en presentar el fallo en cuestión, luego una explicación concisa del por qué se llegó a dicho fallo, seguida de citas del Talmud para apoyar el veredicto y muchas veces incluían argumentos para refutar alguna posible objeción. El servicio de responsa no era gratuito: las personas que mandaban alguna pregunta tenían que pagar por la respuesta. Estos pagos servían para sostener a las Academias y a los estudiosos. Los fallos de las Cortes rabínicas eran tan apreciados que inclusive se han encontrado contratos entre judíos y no judíos donde ambos acuerdan someterse al arbitraje de un rabino.
El tener un alfabeto escrito en común – el hebreo -, un canon legal en común – el Talmud -, una institución legal – las Cortes rabínicas – y un proceso para adaptar el Talmud a las circunstancias económicas, sociales y políticas del lugar donde vivían – la responsa -, crearon un poderoso mecanismo de unión que ayudó al desarrollo de las comunidades judías dispersas por todo el mundo pero integradas en una gran red. Ese era el autogobierno judío.
Preparado por Marcos Gojman.
Bibliografía: The Chosen Few (Los pocos escogidos) de Maristella Botticini y Zvi Eckstein.