{"id":1549,"date":"2014-02-26T16:08:00","date_gmt":"2014-02-26T16:08:00","guid":{"rendered":"http:\/\/sefarad-asturias.org\/blog\/?p=1549"},"modified":"2020-11-15T16:10:28","modified_gmt":"2020-11-15T16:10:28","slug":"el-aborto-de-acuerdo-a-la-ley-judia","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/sefarad-asturias.org\/blog\/el-aborto-de-acuerdo-a-la-ley-judia\/","title":{"rendered":"El aborto de acuerdo a la Ley Jud\u00eda"},"content":{"rendered":"\n<p>Como el aborto reaparece como una cuesti\u00f3n pol\u00edtica en las elecciones presidenciales, vale la pena investigar el enfoque jud\u00edo de la cuesti\u00f3n. La opini\u00f3n jud\u00eda tradicional del aborto no encaja c\u00f3modamente en ninguno de los grandes \u00abcampos\u00bb en el debate real sobre el aborto. Ni prohibimos completamente el aborto, ni permitimos el aborto indiscriminado \u00aba demanda\u00bb.<\/p>\n<p>Una mujer puede sentir que hasta que el feto nace, es una parte de su cuerpo, y por lo tanto, conserva el derecho a interrumpir un embarazo no deseado. \u00bfEl juda\u00edsmo reconoce el derecho a \u00abelegir\u00bb el aborto? \u00bfEn qu\u00e9 situaciones la ley jud\u00eda permite el aborto?<\/p>\n<p>Obtener un entendimiento claro de cuando el aborto est\u00e1 permitido (o incluso es requerido) y cuando est\u00e1 prohibido, requiere una comprensi\u00f3n de ciertos aspectos de la halaj\u00e1 (ley jud\u00eda), que regulan la situaci\u00f3n del feto (1).<\/p>\n<p>La forma m\u00e1s f\u00e1cil de conceptualizar un feto en halaj\u00e1 es imaginarlo como un verdadero ser humano \u2013 pero no del todo (2). En la mayor\u00eda de los casos, el feto es tratado como cualquier otra \u00abpersona\u00bb. En general, uno no puede deliberadamente da\u00f1ar un feto. Pero, aunque sea evidente que el juda\u00edsmo hace responsable a alguien que intencionadamente causa un aborto en una mujer, las sanciones recaen incluso sobre alguien que golpea a una mujer embarazada sin intenci\u00f3n alguna causando un aborto (3). Esto no quiere decir que todas las autoridades rab\u00ednicas consideran al aborto un asesinato. El hecho de que la Tor\u00e1 exige un resarcimiento monetario por causar un aborto es interpretado por algunos rabinos como indicaci\u00f3n de que el aborto no es un crimen capital (4) y por otros como una mera indicaci\u00f3n de que no se ejecuta a alguien por realizar un aborto, a pesar de que es un tipo de asesinato (5). Hay incluso desacuerdo respecto de si la prohibici\u00f3n del aborto es b\u00edblica o rab\u00ednica. Sin embargo, es un acuerdo universal que el feto se convertir\u00e1 en un ser humano y debe haber una raz\u00f3n muy convincente para permitir un aborto.<\/p>\n<p>Como norma general, en el juda\u00edsmo el aborto esta permitido solo si hay una amenaza directa para la vida de la madre por llevar el feto a t\u00e9rmino o por el parto mismo. En tales circunstancias, el beb\u00e9 se considera equivalente a un rodef, un perseguidor (6) \u00abque va tras la madre con la intenci\u00f3n de matarla\u00bb. No obstante, como se explica en la Mishn\u00e1, (7) si fuera posible salvar a la madre mutilando al feto, como por ejemplo amput\u00e1ndole un miembro, el aborto estar\u00eda prohibido. A pesar de la clasificaci\u00f3n del feto como un perseguidor, una vez que la cabeza del beb\u00e9 o la mayor parte de su cuerpo ha salido a trav\u00e9s del canal de parto, la vida del beb\u00e9 se considera igual a la de la madre, y no podemos elegir una vida sobre otra, porque se considera como si se persiguieran el uno al otro.<\/p>\n<p>Es importante se\u00f1alar que la raz\u00f3n por la que la vida del feto esta subordinada a la madre se debe a que el feto es la causa del peligro de muerte de la madre, ya sea directamente (por ejemplo, debido a la toxemia, placenta previa, o presentaci\u00f3n pod\u00e1lica) o indirectamente (por ejemplo, la exacerbaci\u00f3n de diabetes, enfermedades renales, o hipertensi\u00f3n previamente existentes) (8). Un feto no puede ser abortado para salvar la vida de cualquier otra persona cuya vida no este directamente amenazada por el feto, tal ser\u00eda el caso si se pretendiera hacer uso de los \u00f3rganos fetales para un transplante.<\/p>\n<p>El juda\u00edsmo reconoce factores psiqui\u00e1tricos, as\u00ed como los f\u00edsicos en la evaluaci\u00f3n de la amenaza potencial que plantea el feto a la madre. Sin embargo, el peligro que plantea el feto (ya sea f\u00edsico o emocional) debe ser probable y sustancial para justificar el aborto (9). El grado de enfermedad mental que debe estar presente para justificar la terminaci\u00f3n de un embarazo ha sido ampliamente debatido por las autoridades rab\u00ednicas (10) sin un claro consenso de opini\u00f3n sobre el criterio exacto para permitir el aborto en tales instancias (11). No obstante, todos estaban de acuerdo en que cuando un embarazo cause que una mujer se convierta en suicida, hay motivos para el aborto (12). Sin embargo, varias autoridades rab\u00ednicas contempor\u00e1neas dictaminaron que dado que las depresiones durante el embarazo y las de post-parto son tratables, el aborto no se justifica (13).<\/p>\n<p>Como regla general, la ley jud\u00eda no asigna valores relativos a diferentes vidas. Por lo tanto, casi la mayor\u00eda de los principales poskim (rabinos calificados para decidir sobre los asuntos de la ley jud\u00eda) proh\u00edben el aborto en casos de malformaciones o anomal\u00edas encontradas en el feto. El Rab Mosh\u00e9 Feinstein, uno de los m\u00e1s importantes poskim del siglo pasado, dictamina que incluso la amniocentesis esta prohibida si se realiza para evaluar \u00fanicamente los defectos de nacimiento para que los padres puedan solicitar un aborto. Sin embargo, un examen puede realizarse si es con vistas a llevar a cabo una acci\u00f3n permitida, tal como el rendimiento de la amniocentesis o el dibujo de los niveles de alfa-fetoprote\u00edna para mejorar el tratamiento m\u00e9dico del peri-parto o del post-parto.<\/p>\n<p>Si bien la mayor\u00eda de los poskim proh\u00edben el aborto por fetos \u00abdefectuosos\u00bb, el Rab Eli\u00e9zer Yehud\u00e1 Waldenberg es una notable excepci\u00f3n. El Rab Waldenberg permite el aborto en el primer trimestre de un feto que nacer\u00e1 con una deformidad que le ocasionara sufrimiento, y el aborto de un feto con un defecto mortal como el S\u00edndrome de Tay-Sachs hasta el s\u00e9ptimo mes de gestaci\u00f3n (14). Las autoridades rab\u00ednicas tambi\u00e9n discuten la permisi\u00f3n del aborto para madres con la rub\u00e9ola y de fetos con S\u00edndrome de Down confirmado.<\/p>\n<p>Hay desacuerdo tambi\u00e9n respecto al aborto por adulterio, o en otros casos de embarazo que son fruto de una relaci\u00f3n b\u00edblicamente prohibida. En casos de violaci\u00f3n e incesto, la cuesti\u00f3n fundamental seria el \u00abpeaje\u00bb emocional exigido a la madre por llevar a t\u00e9rmino el embarazo. En los casos de violaci\u00f3n, el Rab Shlom\u00f3 Zalman Aurbach permite a la mujer utilizar m\u00e9todos que impiden el embarazo despu\u00e9s de tener relaciones (15). El mismo an\u00e1lisis utilizado en otros casos de da\u00f1o emocional se podr\u00eda aplicar aqu\u00ed. Con respecto a los casos de adulterio se interponen consideraciones adicionales en el debate, con sentencias que van desde la prohibici\u00f3n hasta el ser una mitzv\u00e1 el abortar (16).<\/p>\n<p>He tratado de destilar la esencia del enfoque tradicional jud\u00edo al aborto. No obstante, el caso de cada mujer es \u00fanico y especial, y los par\u00e1metros que determinan la permisi\u00f3n de abortar de acuerdo a la halaj\u00e1 son sutiles y complejos. Es fundamental recordar que cuando uno se enfrenta a un paciente, una autoridad halajica competente debe ser consultada en todos los casos.<\/p>\n<p>Autor: Dr. Daniel Eisenberg.<br \/>\n______________________________<\/p>\n<p>1 Si bien existe el debate entre los rabinos si el aborto es una prohibici\u00f3n b\u00edblica o rab\u00ednica, todos est\u00e1n de acuerdo sobre el concepto fundamental de que b\u00e1sicamente, el aborto esta permitido solamente para proteger la vida de la madre o en otras situaciones extraordinarias. La ley jud\u00eda no permite un pedido de aborto sin una raz\u00f3n apremiante que lo justifique.<br \/>\n2 Igros Mosh\u00e9, Joshen Mishpat II: 69b.<br \/>\n3 Shuljan Aruj, Joshen Mishpat, 423:1<br \/>\n4 Ashkenazi, Rab Yehud\u00e1, Be\u2019er Hetiv, Joshen Mishpat 425:2<br \/>\n5 Igros Mosh\u00e9, Ib\u00edd.<br \/>\n6 Maim\u00f3nides, Mishne Tor\u00e1, Leyes de Asesinato 1:9; Talmud Sanedr\u00edn 72b<br \/>\n7 Oholos 7:6<br \/>\n8 V\u00e9ase Steinberg, Dr. Abraham; Enciclopedia Jud\u00eda de \u00c9tica M\u00e9dica, \u00abAborto provocado e involuntario\u00bb, de un extenso debate sobre las indicaciones para el aborto ante los riesgos de la mujer embarazada.<br \/>\n9 Igros Mosh\u00e9, Ib\u00edd.<br \/>\n10 V\u00e9ase Enciclopedia Jud\u00eda de \u00c9tica M\u00e9dica P.10, por referencias.<br \/>\n11 V\u00e9ase Spero, Mosh\u00e9, Juda\u00edsmo y Psicolog\u00eda, P\u00e1gs. 168-180.<br \/>\n12 Zilberstein, Rab Yitzjak, Emek Halaj\u00e1, Assia, Vol.1, 1986, pp. 205-209.<br \/>\n13 Rab Shlom\u00f3 Zalman Aurbach y Rab Yehoshua Neuwirth citado de la edici\u00f3n en ingles de Nishmat Abraham, Joshen Mishpat, 425:11, p. 288.<br \/>\n14 Tzitz Eliezer, Volumen 13:102.<br \/>\n15 Rab Shlom\u00f3 Zalman Aurbach y Rab Yehoshua Neuwirth citado de la edici\u00f3n en ingles de Nishmat Avraham, Joshen Mishpat, 425:23, p. 294.<br \/>\n16 V\u00e9ase el excelente capitulo en ingles Nishmat Avraham, Joshen Mishpat, 425 por el Dr. Abraham Abraham, en particular p. 293.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como el aborto reaparece como una cuesti\u00f3n pol\u00edtica en las elecciones presidenciales, vale la pena investigar el enfoque jud\u00edo de la cuesti\u00f3n. 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